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En Puebla, se castigará hasta con 3 años de cárcel para quienes practiquen "terapias de conversión".

En Puebla, se castigará hasta con 3 años de cárcel para quienes practiquen "terapias de conversión".

Los diputados del Congreso del Estado avalaron las modificaciones al Código Penal de Puebla para tipificar como delito los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig) o mejor conocidas como “terapias de conversión”.

Estas practicas se en los grupos conservadores o de corte religioso en los últimos años, por ello, aquellas personas que busquen realizar un tratamiento para pretender modificar la orientación sexual de alguien en la entidad podrán ir a prisión de 1 a 3 años o pagar una multa de hasta 19 mil pesos.

En medio de una pequeña protesta por parte de los miembros de la diversidad sexual, los legisladores dieron cuenta a la iniciativa del diputado local de Morena, Carlos Alberto Evangelista Aniceto, misma que fue aprobaba con 33 votos a favor, siete abstenciones, cero en contra y un impedimento.

Sin embargo, durante el análisis del tema, se presentó una propuesta reformatoria al dictamen para agregar un párrafo con el fin de especificar a qué se refiere el concepto terapia de conversión.

Posterior a la aprobación, los miembros de la comunidad diversas que se dieron cita en el recinto del Poder Legislativo celebraron el hecho, al que catalogaron como “histórico”.